Cada vez que una ley nueva entra en vigor, se genera un mar de dudas que suele provocar cierta desinformación entre el conjunto de la población. Si bien es cierto que todas estas cuestiones se pueden resolver leyendo cada uno de los puntos de las legislaciones en cuestión, muy poca gente lo hace. En consecuencia, teniendo en cuenta el gran revuelo que se ha generado en torno a la ley trans, hemos querido hacer un pequeño listado de preguntas y respuestas. Esperamos que, de este modo, puedas resolver cualquier duda que se te genere en torno a la normativa.
¿Cuándo se aprobó la ley trans?
Tras un largo tiempo de deliberación dentro y fuera del Congreso de los Diputados, la ley trans se presentó y se aprobó el jueves 2 de marzo. A partir de este día, cambiar de sexo es tan sencillo como presentarse en el Registro Civil y confirmar esta disconformidad.
Si te interesa solicitar cita previa en dichas oficinas, puedes hacerlo a través de páginas web como https://www.registrocivilmurcia.com. Un espacio online que te guiará paso por paso para que resuelvas este trámite (o cualquier otro) en dicha administración pública.
¿A quién va dirigida?
La ley trans se dirige a toda persona que sea mayor de 16 años y que tenga la nacionalidad española. Ya no es necesario presentar documentos en el Registro Civil como los informes médicos y psicológicos. La palabra del individuo es lo único que importa a partir de este momento.
¿Qué pasa con los menores de 16 años?
Como hemos visto, no hace falta ser mayor de edad para solicitar la modificación de sexo. No obstante, quienes tienen entre 14 y 16 años, deben ser asistidos por un representante legal. Por lo general, son los progenitores; aunque, si estos se niegan a hacerlo, se les designará un defensor judicial.
En caso de que la persona tenga entre 12 y 14 años, entonces se requerirá una autorización judicial para poder llevar a cabo el proceso. Una gestión que ha cobrado carácter preferente para reducir al máximo los tiempos de resolución de este trámite.
¿Cuántas veces es posible cambiarse el sexo?
Por norma general, se puede cambiar el sexo dos veces. La primera, se realiza en la oficina del Registro Civil. El procedimiento es el siguiente: el solicitante se presenta en la oficina, indica su voluntad, elige un nuevo nombre propio, deja por escrito su objetivo y, después de tres meses, vuelve a la oficina para ratificar esta decisión.
A partir de ese momento, tiene un margen de seis meses para volver a cambiar el sexto sin ningún tipo de trámite extra. Sin embargo, para un tercer cambio la persona tendrá que hacerlo por la vía jurisdiccional. Por lo que este trámite puede tardar más que el anterior.
¿Cuánto tarda en resolverse el trámite?
Una vez la persona ha completado los trámites en el Registro Civil para la modificación del cambio de sexo, debe volver a la misma oficina tres meses después para ratificar su voluntad. En cuanto lo haga, hay un margen de un mes más para que la administración resuelva el trámite por completo.
En conclusión: esta gestión se haría efectiva en un margen de cuatro meses.
¿Existen limitaciones en la ley trans?
Si bien es cierto que esta legislación busca simplificar todos los trámites asociados a la modificación del sexo, es importante comentar que hay ciertas limitaciones que se contemplan en la ley. La primera de ellas es la edad que, como hemos visto, para iniciar un trámite de estas características es necesario tener, como poco, 12 años.
Asimismo, si el solicitante está en un procedimiento judicial cuya sentencia podría verse alterada según su sexo, no disfrutará de dicho beneficio. Un buen ejemplo de ello son las condenas por violencia de género. Sin embargo, si no hay ningún tipo de procedimiento de por medio, entonces el varón que se modifique el sexo sí disfrutará de aquellos beneficios legales orientados a la protección de la mujer. Mientras que, si la mujer cambia su sexo, no perderá los que ya tenía.